De Colegiados
Incorporación al CQCR
Para incorporarse al Colegio de Químicos, se requiere tener al menos uno de estos grados: Bachiller, Licenciado o Doctorado en Química, Química Industrial o Laboratorista Químico.
- CQCR-P-01-F-01 Formulario Solicitud de Incorporación CQCR
- CQCR-P-01-F02 Formulario de Solicitud de Póliza Fonde Mutual y Subsidio CQCR
- Certificación de graduación emitida por la respectiva Universidad
- Copia del título universitario certificado (ambas caras).
- Copia certificada del expediente universitario donde consten al menos las asignaturas aprobadas, convalidadas y/o reconocidas, con sus respectivos créditos. En el caso de que existan convalidaciones, se deberá presentar un cuadro comparativo de cursos convalidados emitido por la institución correspondiente, además de los programas de los cursos, tanto de la universidad donde fueron aprobados, como de la universidad donde fueron convalidados o reconocidos.
- Programa de estudios de las materias cursadas, firmado y sellado por la respectiva unidad académica.
- Certificado del registro de delincuencia, con no más de un mes de haber sido emitido.
- Fotocopia de la cédula de identidad por ambas caras.
- Dos fotografías, una fotografía impresa reciente, tamaño pasaporte, de frente y sin retoques y una fotografía digital para emisión del carné.
- Pagar derecho de incorporación (consultar las tarifas aquí) en el momento de entregar los documentos. Los pagos se pueden realizar de la siguiente forma: transferencia bancaria a la Cuenta IBAN: CR37015109510010021491, Cédula jurídica: 3-007-415498 a nombre del Colegio de Químicos de Costa Rica y pagos por SINPE MOVIL: 88771447.
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Periodo de recepción de documentación |
Fecha juramentación |
Lugar de Ceremonia de Juramentación |
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31 de octubre 2025 al 13 de febrero 2026 |
21 de marzo 2026 |
Asamblea General Ordinaria |
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14 de febrero al 17 de abril 2026 |
28 de mayo 2026 |
Sede Dr. Adrián Chaverri, 6:30 pm. |
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18 de abril al 10 de julio 2026 |
13 agosto 2026 |
Sede Dr. Adrián Chaverri, 6:30 pm. |
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11 de julio al 30 de octubre 2026 |
4 de diciembre 2026 |
Asamblea General Extraordinaria |
Cambios de grado académico
Los colegiados y colegiadas pueden realizar el cambio de grado académico con el cual se incorporaron inicialmente.
- El Colegiado que requiera realizar un cambio de grado académico debe llenar la CQCR-P-01-F09 Solicitud de Cambio de Grado Académico .
- Copia certificada del título
- En caso de que el título haya sido extendido por un centro de estudios extranjero, la documentación debe ser autenticada por las autoridades consulares costarricenses respectivas y debe aportarse la certificación del reconocimiento del título por parte de CONARE o en su defecto por la entidad competente para tal fin.
Se debe enviar la información o consultas al: cqcr@colegioquimicoscr.com.
Encuentre la información detallada en el CQCR-P-01 Procedimiento de Incorporación y Mantenimiento del Estado de Colegiado.
Solicitud de Condición de Miembro Ausente
El estado de miembro ausente se otorga a los miembros activos que salen del país por un mínimo de seis meses y lo notifiquen al Colegio formal y oportunamente. Durante el tiempo que esté vigente la condición de miembro ausente, el colegiado o colegiada no puede ostentar los derechos de los miembros activos.
- Formulario CQCR-P-01-F10 Solicitud de miembro ausente CQCR.
- Fotocopia del pasaje, beca estudiantil, contrato laboral o cualquier otro documento que acredite su estancia fuera del país y el plazo
- El solicitante debe estar al pago con sus cuotas y otras obligaciones con el CQCR.
Se debe enviar la información o consultas al: cqcr@colegioquimicoscr.com
Consulte el CQCR-P-01 Procedimiento de Incorporación y Mantenimiento del Estado de Colegiado.
Solicitud de retiro temporal o permanente del Colegiado
La separación voluntaria temporal o permanente aplica para aquellos miembros activos que no seguirán ejerciendo la química, por lo que no se dedicarán a realizar actividades relacionadas con alguna de las competencias indicadas en el artículo 93 de la Ley 8412, durante el plazo del retiro.
- Formulario CQCR-P-01-F11 Solicitud de retiro voluntario CQCR .
- Documentación que haga constar que no ejercerá su profesión colegiada y la documentación que respalden el motivo de la solicitud.
- El Colegiado debe estar al día con el pago de la cuota y no encontrarse sancionado o en proceso de investigación por violaciones a la ética profesional.
Se debe enviar la información o consultas al: cqcr@colegioquimicoscr.com
Consulte el CQCR-P-01 Procedimiento de Incorporación y Mantenimiento del Estado de Colegiado.
Reconocimiento de Especialidad
Trámites para reconocer especialidades en diversas ramas de la Química.
El profesional miembro del Colegio presentará su solicitud por escrito a la Dirección Ejecutiva, adjuntando original y copia de los atestados que respaldan su petición, según lo indicado en el reglamento adjunto y recibo del pago de trámite de especialidad.
Pagar el costo del trámite (consultar las tarifas aquí). Los pagos se pueden realizar de la siguiente forma: transferencia bancaria a la Cuenta IBAN: CR37015109510010021491, Cédula jurídica: 3-007-415498 a nombre del Colegio de Químicos de Costa Rica y pagos por SINPE MOVIL: 88771447.
Presentar solicitud o consultar al E-mail: cqcr@colegioquimicoscr.com
Constancia de Incorporación
Documento emitido por el CQCR para confirmar el estado actual de incorporación de un miembro del CQCR.
La constancia se debe solicitar al correo: cobros@colegioquimicoscr.com. Es requisito para su emisión que el Colegiado se encuentre al día y enviar el comprobante de pago del trámite (consulte las tarifas aquí). Los pagos se pueden realizar de la siguiente forma: transferencia bancaria a la Cuenta IBAN: CR37015109510010021491, Cédula jurídica: 3-007-415498 a nombre del Colegio de Químicos de Costa Rica y pagos por SINPE MOVIL: 88771447.
Generales
Inscripción o renovación de Establecimiento
Todo establecimiento que realice una o varias de las siguientes actividades: importación, almacenamiento, transporte, fabricación, procesamiento, preparación, venta, distribución, reenvase, suministro y manipulación de productos o sustancias químicas o que genere desechos de productos químicos debe inscribirse en el Colegio de Químicos o en la Oficina de Enlace e Información.
La inscripción del establecimiento tiene una duración de tres años, consulte el costo aquí. Los pagos se pueden realizar de la siguiente forma: transferencia bancaria a la Cuenta IBAN: CR37015109510010021491, Cédula jurídica: 3-007-415498 a nombre del Colegio de Químicos de Costa Rica y pagos por SINPE MOVIL: 88771447
En todos los casos se revisa que el establecimiento se encuentre al día con las obligaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social.
En caso de que necesite inscribir o renovar el establecimiento con regencia, favor considerar los documentos adicionales para inscripción o renovación de regencia química.
Consulte el procedimiento para la inscripción de establecimientos: CQCR-P-DE-02-V01 Inscripción de Establecimientos y regencias.
- CQCR-P-DE-02-F01 Formulario de inscripción de establecimiento firmado por el representante legal.
- Copia del Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) o Permiso de Habilitación otorgado por el Ministerio de Salud o en su efecto el Formulario Unificado de Solicitud de Permiso Sanitario de Funcionamiento del Certificado Veterinario de Operación, según corresponda.
- Copia de la Personería jurídica vigente.
- Copia de Poder vigente, cuando aplique.
- Copia de la cédula por ambas caras del representante Legal o apoderado, cuando la persona no cuente con firma digital y deba firmar en físico.
- Comprobante de pago por concepto de inscripción de empresas, según monto establecido por la Junta Directiva.
- CQCR-P-DE-02-F02 Declaración jurada de renovación de establecimiento firmado por el representante legal o apoderado.
- La documentación presentada durante la inscripción inicial que haya perdido vigencia.
- Comprobante de pago por concepto de renovación de inscripción de empresas, según monto establecido por la Junta Directiva.
Se debe enviar la información o consultas a: cobros@colegioquimicoscr.com o de forma presencial en el CQCR.
Inscripción o renovación de Regencias
Todo establecimiento que realice una o varias de las siguientes actividades: importación, almacenamiento, transporte, fabricación, procesamiento, preparación, venta, distribución, reenvase, suministro y manipulación de productos o sustancias químicas o que genere desechos de productos químicos debe inscribirse en el Colegio de Químicos y contar con la respectiva regencia química.
La inscripción de regencias tiene una duración de un año y el costo es determinado por el Colegio de Químicos de Costa Rica.
- CQCR-P-DE-02-F04 Estimación de Horas de Regencia, firmado por el profesional respectivo y el representante legal del establecimiento.
- CQCR-P-DE-02-F03 Contrato. O un contrato que cumpla con lo descrito en la sección «CONTRATOS» del procedimiento.
- CQCR-P-DE-02-F05 Formulario de Inscripción de Regencia. O un contrato que cumpla con lo descrito en la sección «CONTRATOS» del procedimiento.
- Copia del Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) o Permiso de Habilitación otorgado por el Ministerio de Salud o en su efecto el Formulario Unificado de Solicitud de Permiso Sanitario de Funcionamiento del Certificado Veterinario de Operación, según corresponda.
- Copia de la Personería jurídica vigente.
- Copia de Poder vigente, cuando aplique.
- Copia de la cédula por ambas caras del representante Legal o apoderado, cuando la persona no cuente con firma digital y deba firmar en físico.
- Comprobante de pago por concepto de inscripción de regencia.
- Comprobante de pago por concepto de bitácora.
- CQCR-P-DE-02-F06 Declaración Jurada de Renovación de Regencia, firmado por el profesional respectivo y el representante legal del establecimiento.
- La documentación presentada durante la inscripción inicial que haya perdido vigencia.
- Comprobante de pago por concepto de renovación de inscripción de regencia.
- Comprobante de pago por concepto de bitácora.
Entrega de documentos de inscripción de regencias al correo cobros@colegioquimicoscr.com o de forma presencial en el CQCR.
Los pagos se pueden realizar de la siguiente forma: transferencia bancaria a la Cuenta IBAN: CR37015109510010021491, Cédula jurídica: 3-007-415498 a nombre del Colegio de Químicos de Costa Rica y pagos por SINPE MOVIL: 88771447.
Consultar tarifas aquí
Autorizaciones de Fiscalía
Toda empresa que realice trámites ante el CQCR debe de encontrarse inscrita con regencia ante el Colegio de Químicos de Costa Rica o contar con alguna exoneración vigente de la Fiscalía del Colegio de Químicos de Costa Rica. Y deben de seguirse las disposiciones dictadas por la Fiscalía.
Todo establecimiento que realice una o varias de las siguientes actividades: importación, almacenamiento, transporte, fabricación, procesamiento, preparación, venta, distribución, reenvase, suministro y manipulación de productos o sustancias químicas o que genere desechos de productos químicos debe inscribirse en el Colegio de Químicos y puede solicitar la exoneración de regencia química si cumple con lo indicado en el procedimiento CQCR-P-DE-02-V02.
Además, para aquellas empresas que no se encuentran relacionadas con el área de la Química y la ley no les exige inscripción del establecimiento, y por tanto tampoco regencia, pero necesitan realizar algún trámite mediante alguno de sus miembros activos, pueden solicitar a la Fiscalía una autorización de realización de trámites.
Las autorizaciones son emitidas de manera exclusiva por la Fiscalía del Colegio de Químicos de Costa Rica, y tiene una vigencia de 3 años.
- CQCR-P-DE-02-F07 Formulario para la exoneración de Regencia Química, firmado por el profesional respectivo y el representante legal del establecimiento.
- Copia del Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) o Permiso de Habilitación otorgado por el Ministerio de Salud o en su efecto el Formulario Unificado de Solicitud de Permiso Sanitario de Funcionamiento del Certificado Veterinario de Operación, según corresponda.
- Copia de la Personería jurídica vigente.
- Copia de Poder vigente, cuando aplique.
- Copia de la cédula por ambas caras del representante Legal o apoderado, cuando la persona no cuente con firma digital y deba firmar en físico.
- Si la solicitud de exoneración de regencia química y la inscripción se presentan de manera simultanea deben de presentar una única vez los documentos.
- Para la renovación de la exoneración, el establecimiento solo debe de presentar el formulario CQCR-P-DE-02-F07, si la inscripción debe de renovarse, deben de presentar lo solicitado en el formulario para renovación de inscripción.
- CQCR-P-DE-02-F08 Formulario para para solicitud de Trámites ante el CQCR.
- Copia del Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) o Permiso de Habilitación otorgado por el Ministerio de Salud o en su efecto el Formulario Unificado de Solicitud de Permiso Sanitario de Funcionamiento del Certificado Veterinario de Operación, según corresponda.
- Copia de la Personería jurídica vigente.
- Copia de Poder vigente, cuando aplique.
- Copia de la cédula por ambas caras del representante Legal o apoderado, cuando la persona no cuente con firma digital y deba firmar en físico.
Entrega de documentos de inscripción de regencias al correo fiscaliacqcr@colegioquimicoscr.com o de forma presencial en el CQCR.
Inscripción o renovación de Laboratorios y Regencias
Los Laboratorios de Análisis Químico y Fisicoquímico, los laboratorios de investigación química, los laboratorios de productos químicos y los establecimientos de enseñanza que cuenten con laboratorios de química, deben inscribirse en el Colegio de Químicos de Costa Rica. Esta inscripción es necesaria previa al otorgamiento del permiso sanitario de funcionamiento por parte del Ministerio de Salud, de conformidad con el artículo 91 de la Ley 8412.
Consulte el procedimiento para la inscripción de Laboratorios: CQCR-P-05 Inscripción de Laboratorios, Regentes y Profesionales de Laboratorios.
- CQCR-P-05-F01 Formulario de Inscripción y Renovación de Laboratorios
- CQCR-P-02-F02 Herramienta de evaluación de establecimiento.
- Copia del Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) otorgado por el Ministerio de Salud o en su efecto el Formulario Unificado de Solicitud de Permiso Sanitario de Funcionamiento, o el Certificado Veterinario de Operación (CVO) según corresponda.
- Copia de la Personería jurídica con menos de tres meses de emitida.
- Copia de la cédula del representante Legal.
- Comprobante de pago por concepto de inscripción de empresas. Los pagos se pueden realizar de la siguiente forma: transferencia bancaria a la Cuenta IBAN: CR37015109510010021491, Cédula jurídica: 3-007-415498 a nombre del Colegio de Químicos de Costa Rica y pagos por SINPE MOVIL: 88771447.
- Consultar tarifas aquí
Los requisitos para la inscripción o renovación de Regencias son los mismos que los indicados anteriormente.
Entrega de documentos de inscripción de regencias al correo cobros@colegioquimicoscr.com o de forma presencial en el CQCR.
Refrendos
Es requisito obligatorio que el establecimiento y la regencia se encuentre al día, o en su defecto cuenten con cualquier tipo de autorización de la Fiscalía del Colegio de Químicos de Costa Rica. En caso de cualquier consulta o asistencia técnica favor escribir a: admincqcr@colegioquimicoscr.com
- Registros
- Análisis
- Certificado de composición y fichas técnicas
- Certificado para oficina técnica del Ozono
- Refrendos reportes laboratorios para RO
- Fichas de transporte
- Productos químicos no peligrosos y de insumos agrícolas
Consulte las tarifas aquí.
Constancia de Regencia y de Establecimiento
Documento emitido por el CQCR para confirmar el estado actual de una regencia inscrita al CQCR.
La constancia se debe solicitar al correo: cobros@colegioquimicoscr.com. Es requisito para su emisión que la regencia el Colegiado se encuentre al día y enviar el comprobante de pago del trámite. Consulte las tarifas aquí
Fiscalía
Denuncias a Fiscalía
Las denuncias contra el ejercicio profesional de los miembros del CQCR se pueden presentar al correo: fiscaliacqcr@colegioquimicoscr.com, cumpliendo con lo establecido en el CQCR-R-02 Reglamento para el trámite del régimen disciplinario del CQCR.